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SERNA NARANJO Abogados
Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Contestado
Cordial saludo, Aun cuando estuviera en su tiempo libre pero adelantando alguna diligencia de la empresa donde trabaja, se consideraría como accidente de trabajo, pero por su relato, es claro que no, por lo que para su caso, la empresa o ARP no tiene la obligación de cubrir los gastos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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