Respondida
Anteriormente le di respuesta a su consulta, revise su email. La forma como la DIAN debe comunicarle a ustedes por escrito el porque no pueden acceder a esos beneficios.
Respondida
Señor Usuario, simplemente redacte en una carta el motivo por el cual se excusa.
Respondida
Señor usuario: el artículo 4 de la ley 1429 de 2010, prevé la progresividad en el pago del impuesto de renta y complementarios para los primeros 5 años de funcionamiento de la empresa.
Respecto a ...
Respondida
Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ej...
Respondida
Si, debe usted consultar la norma penal.
Respondida
El asunto no es tanto lo legal, de acuerdo a lo que usted indicar en su relato, esto puede representar una descalibración en el medidor de energía, dado que debieron hacer primero un censo de sus e...
Respondida
Su pregunta es impresisa. Debe formularla mejor.
Respondida
Lo principal es que usted pueda demostrar en este caso que usted le entrego dinero a esra persona, y a partir de esa prueba puede usted presentar una denuncia penal por estafa.
Respondida
Puede dejarla asi, no tiene problemas si ya encontró sus documentos.
Respondida
Los 4 hermanos vivos tienen derecho y los desentiendes de sus otros hermanos y ellos dejaron familia.