A que tengo derecho si renuncio 2 0 3 dias antes a mi empleo

Buenas tardes, voy a cumplir 4 años trabajando como asesor comercial de una inmobiliaria con un contrato a termino indefinido, nunca he recibido dotación, ¿tengo derecho? quiero pasar la carta de renuncia 2 o 3 días antes de cumplir los 4 años o mejor 2 días después de llegar de las vacaciones colectivas, ¿tengo que pagar alguna indemnización?, lo hago por que me siento forzado a hacerlo, cuando me contrataron me ofrecieron el sueldo mínimo, prestaciones de ley y unas comisiones que me pagarian cada mes y han durado hasta 1 ño para pagarne por poquitos, las ultimas las logre en junio del 2014 y hasta octubre 3 las recibí y cuando recibí las primeras comisiones por venta que eran del 1%, me descontaron 0.2 que por que tenia que compartirlas con mis 2 compañeras de trabajo o sea ya no era el 1% sino el 0.8%, por lo cual pienso que empezaron a incumplir con lo que me habian ofrecido, mis labores ya no son de solo asesor comercial sino que me volvieron mensajero, revisor de trabajos realizados por terceros y muchas veces se les olvida que tengo derecho a 1 hora de almuerzo y termino almorzando a las 3,4 o 5 de la tarde como en otras ocasiones no lo he podido hacer y salgo a las 7 de la noche cuando mi horario es de 8:00 am a 6:00 pm, en este momento me bajaron tanto las comisiones que inicial mente eran del 6% si llegaba a $3.000.000 en arriendos y ahora solo me estan ofreciendo 2.5% pero tengo que arrendar inmuebles por un valor de $5.000.000 y para poder ganarme el 5% tengo que realizar arriendos por $12.000.000 lo cual es imposible ya que la gerente es la que arrienda los inmuebles de $3.000.000 en adelante y ami siempre me han dejado los de menor valor, esto con el fin de que yo no alcance dichas comisiones, tanto así que han tratado de contratar otros 4 asesores y el que más les a durado, les duro 15 días y el otro 2 días, quisiera saber si esto podría ser como un retiro forzado y a que tengo derecho por parte de la empresa. Les agradezco me orienten para no cometer errores que me perjudiquen en mis prestaciones de ley o en lo que tengo derecho como empleado con un contrato a termino indefinido. Muchas Gracias RAMIRO HERNANDEZ ARDILA

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

VER PERFIL
Contestado

En su caso, si renuncia, sería por causas atribuibles al empleador, por lo que sería equiparable a un despido sin justa causa. Por lo anterior, sería viable solicitar por medio de demanda el pago de la indemnización por despido injusto junto con todas las prestaciones de ley, y las comisiones adeudadas. Después de renunciar tiene un máximo de tres años para presentar la demanda ordinaria laboral. En que ciudad es?, a la orden, abogado Jhasua Berrio, Laboralista. Celular: 318/574/1949

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

urdconsultorlaboral

Abogado de Bogotá especializado en Derecho de la Seguridad Social

VER PERFIL
Contestado

Puede renunciar aduciendo una justa causa por el incumplimiento de su contrato lo que se busca es que le paguen la indecnizacion por el incumplimiento de su empleador.

Al renunciar no debe pagar nada, deberan pagarle todas sus prestaciones de ley y deberá muy posiblemente via demanda ordinaria reclamar la indecnizacion por haberle incumplido su contrato.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

VER PERFIL
Contestado

es necesari que consulte un abogado presencial con contrato en mano para saber cuales son sus derechos, porque en casos tan delicados es mejor asi. yo no lo hago

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

Si renuncia, solo tendrá derecho al pago de su respectiva liquidación, no va a ser indemnizado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado