Liquidacion de contrato

Mi contrato termino el 31 de diciembre del 2014 esta es la fecha que no he recibido liquidacion por año y medio de trabajo, dicen que la contadora esta de vacaciones, es legal que tenga que esperar dicho tiempo para que se efectúe el pago de mi liquidacion?

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo

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Buenas tardes. No es legal que tenga que esperar dicho tiempo, pero teniendo en cuenta que para ésta época muchas personas están de vacaciones, es prudente que usted le otorgue un plazo prudencial a la empresa, para que le pague su liquidación de salarios y prestaciones sociales. El Código Sustantivo del Trabajo establece: "Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor."

Atentamente

AFZS

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Carlos Suárez abogados

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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primero hay que aclarar a que le dicen liquidación, porque si termino a 31 de diciembre y es un contrato de trabajo que lleva ya bastante tiempo, solo le pagan sueldo de diciembre y prima de navidad de resto todo a fondo de pensiones y cesantias.

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