Empleada pública en carrera administrativa despedida por liquidación de la e s e

El hospital en el que trabajo actualmente va a ser liquidado; por lo tanto salimos todos los trabajadores: provisionales , oficiales y de carrera Ad , pero va a seguir funcionando una
E S E con una nueva razón social ; yo necesito mucho mi trabajo y no quiero perder los derechos de carrera administrativa , como puedo exigir mi continuidad laboral en la nueva E S E puesto que no recibiría la indemnización a la que tengo derecho.

Respuestas de otros profesionales:
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JORGE BARRIOS DIAZ

Abogado de Tuluá especializado en Derecho Administrativo

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Empleada Pública en carrera administrativa

Lo primero debes aclarar:

1.- La ESE es Municipal o Departamental?

2.- La ESE va a ser liquidada o la liquidaron?

3.- Estas trabajando o ya fuiste despedida.?

4.- Debes investigar si se está creando una nueva ESE o se está fusionando, debes conseguir (si es Municipal) el Acuerdo que ordena la Liquidación o (si es Departamental) la Ordenanza que ordena su liquidación.

En el Acuerdo o en su defecto, la Ordenanza se debe plasmar las reglas de su liquidación y como queda la situación jurídica de los empleados y servidores públicos para poder tener una base solida de lo que deben afrontar jurídicamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JUAN DE LOS SANTOS MONCALEANO

Abogado de Cali especializado en Derecho Administrativo

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Contestado

El Trabajador provisional, oficial y de carrera Administrativa, tienen los mismos derechos y protecciones tanto en el procedimiento administrativo como en el procedimiento laboral. Al suprimirse el nombre del Hospital y seguir sus funciones laborales como una E S E, la continuidad del Trabajador provisional, oficial o de Carrera Administrativa, persiste ante las leyes administrativas y del Código Sustantivo del trabajo y de la Seguridad social.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado