Cómo funciona la solidaridad en una letra de cambio?

Saludos. MI caso es el siguiente, junto con otros 4 socios decidimos tomar una deuda y firmar una letra de cambio. Luego de unos meses yo pagué el la quinta parte de la obligación, que me correspondía, y los otros socios no han pagado su parte. Recientemente me llama el abogado del dueño de la letra a decirme que como la deuda es solidaria se me va a hacer cobro jurídico también a mi, por el incumplimiento de los demás socios. Tengo alguna excepción? o me pueden embargar a mi junto con los demás?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Asociación Nacional de Abogados Litigantes ANDAL
Contestado

saludo cordial, para contestar mejor su pregunta me gustaría saber quien firmo las letras y hace cuanto que se firmaron, por otra parte el abogado que se comunica con usted tiene razón a figura de deudor solidario lo obliga a asumir la obligaciones no pagadas de sus socios, sin embargo en el eventual caso que le iniciaran un proceso ejecutivo en su contra, que es donde se da la medida cautelar de embargo, usted podría llamar dentro del mismo proceso a sus socios para que respondieran por sus partes, ahora es muy importante saber si existe un contrato o documento donde especificaban las condiciones de la deuda, para mayor información no dude en comunicarse con la Asociación Nacional de Abogados Litigantes, lo puede hacer a través del mail: bh.abogado@gmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

Al ser una obligación solidaria, les corresponde a todos los socios responder por la misma, en caso de que uno de los obligados no cumpla con el pago, cualquiera de los demás podrá ser llamado para cubrir la deuda, sin embargo, como lo afirman mis colegas esta en todo su derecho de requerir a los demás deudores para que le restituyan lo que usted sufragó por ellos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

VER PERFIL
Contestado

no tiene exepciones, pero puede reclamarle a los otros los daños.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado