Al demandar por inasistencia alimenticia importa donde se encuentre el demandado
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pero primero debe resolver lo del reconocimiento porque si lo niega no esta reconocido . esos casos es necesario consultarlos personalmente a no ser que este reconocido y en ese caso el domicilio es el del menor.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Hola, si el señor ya registro al niño como su hijos, usted puede demandar en lugar de residencia del menor, no importa donde se encuentre el padre de este, es un proceso que le corresponde al juzgado de familia.
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Previo a iniciar un proceso por Fiscalía es importante que aclare si el presunto padre reconocio legalemte a su hijo??
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