Respondida
hace 9 años
Recuerde que para estos efectos, antes debe agotar la conciliación como requisito de procedibilidad, una vez realizada, de no llegarse a un acuerdo, presente la correspondiente demanda de alimentos.
Respondida
hace 9 años
Recuerde que la sustracción del deber alimentario debe realizarse sin justa causa, ventile la condición que lo forzó o imposibilitó a realizar los pagos, en todo trate de llegar a un acuerdo sobre ...
Respondida
hace 9 años
Las justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo, por parte del patrono se encuentran consagradas en el artículo 62 y 63 literal A. del código sustantivo del trabajo,...
Respondida
hace 9 años
En lo posible especifique de que tipo de proceso se trata el caso y ante qué despacho fue presentado.
Respondida
hace 9 años
No existe una fecha determinada para ello, sin embargo el empleador cuenta con un tiempo prudencial para hacerlo, lo que implica perpetuaren el tiempo dicho pago, si hasta el próximo 30 de enero, n...
Respondida
hace 9 años
Lamentablemente, por su edad, ya no es posible ventilar demanda alguna para esos efectos.
Respondida
hace 10 años
Las amenazas son una infracción tipificada por la ley penal, usted puede denunciar al sujeto en razón a ellas.
Para el pago de cuotas alimentarias debe fijarlas primero, sea judicialmente o vía ...
Respondida
hace 10 años
Solicite una conciliación con su amigo y pacte el cumplimiento de la obligación, sólo así podrá exigir el pago.
Respondida
hace 10 años
Para tasar la cuota alimentaria, se tienen en cuenta las condiciones económicas del padre, las necesidades del hijo y el contexto en qué cada uno de ellos se desenvuelve, reservándose hasta el 50% ...
Respondida
hace 10 años
El proceso ejecutivo de alimentos persigue el pago de todas y cada una de las cuotas sin pagar, para ello requiere el oficio de conciliación, paralelamente, puede denunciar ante la fiscalía, por la...