¿Tengo beneficios si me contratan por obra y labor?

Buenas tardes. Me están ofreciendo un empleo como asesora de belleza, pero con un contrato por obra y labor por medio de una temporal. ¿Eso es posible en el aspecto legal? ¿Tengo derecho a todas mis prestaciones, salud, cesantías, primas, vacaciones, y en casi de renuncia a una liquidación? Gracias.

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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El contrato por obra y labor es un contrato a término fijo, determinado por el momento en que se culmine la obra o labor, tiene todas las garantías de un contrato laboral porque efectivamente se trata de un contrato laboral, por lo que tendrá derecho a todas sus prestaciones , salud, pensión, cesantías, primas, vacaciones y una vez concluya la relación laboral, sea cual sea su razón, deberá ser liquidada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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SERNA NARANJO Abogados

SERNA NARANJO Abogados

Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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cordial saludo, gracias por contactarnos.
Es posible, y su derecho a la seguridad social estaría en cabeza de la empresa de servicios temporales.

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