Reparticion del 50% de la viuda

Puede la viuda, ceder o vender sus derechos gananciales a sus hijos? es conveniente hacerlo o mejor esperar a que muera, para repartir su parte?

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JTP ABOGADOS

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Contestado

Si la sociedad conyugal fue disuelta y liquidada y el 50% esta a su nombre, puede disponer de el a su gusto, ya que el otro 50% será adjudicado en sucesión a sus hijos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado