¿Es posible que me correponda patrimonio de la casa ?

he vivido mas de 20 años en la casa de la madre de mi esposo con el cual tengo dos hijos uno de 18 años y el otro de 22 los cuales eran menores de edad cuando murió su padre, el cual falleció hace 14 años, desde que vivo en la casa soy la que pago los servicios , el problema es que la señora madre de mi esposo me quiere sacar de la casa por que dice que he vivido ya mucho tiempo... la pregunta ¿me corresponde algo? ¿estoy haciendo mal en no salir de la casa? ¡deben reconocerme algo de plata ?

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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
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Apreciada Usuaria: la posesión, tal cual usted la informa en su consulta, se puede contemplar como la forma, que se podría intentar, para adquirir el dominio de la casa; por que según su relato, usted ha hecho manifestación ante la ley, que desea hacerse dueña del inmueble; cuando usted ha pagado los servicios, ha mantenido el inmueble y se ha responsabilizado de todas las obligaciones de la casa. Usted puede intentar obtener la propiedad de la casa si llena los requisitos establecidos en el código civil para ello. (CONSÚLTELO)
El requisito indispensable para que se pueda adquirir la propiedad del bien poseído además del tiempo que debe transcurrir, es que obligatoriamente quien lo haya poseído (usted) lo haya hecho con ánimo de señor y dueño, ( así como usted lo informa) es decir, con la intención de hacer suyo el bien. Esta figura jurídica es tan importante que la ley civil trae las acciones correspondientes para su protección las cuales se denominan, acciones posesorias. Si desea contratar los servicios de nuestra firma para tramitar el caso que nos postula, contáctenos a nuestro correo electrónico público en Lexdir: asistenciajudicialdevoumentarrobayimailpuntocom Recuerde además que iniciada la acción usted de algún modo podrá contrarrestar o defenderse de un proceso de evicción o de restitución del inmueble, los cuales tendrán por objetivo especifico lograr su lanzamiento de la casa. Ahora; también podrá hacer usted un calculo de las inversiones efectuadas en el inmueble, cobrar esos dineros a su suegra, irse y vivir en paz, con lo que recupere. Atte., Grupo Devoument Abogados S.A.

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ANDRES ERASO BURBANO - JURISTAS & CONSULTORES ASOCIADOS
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Se recomienda tratar el asunto a través de consulta personalizada, pues los datos suministrados por Usted son insuficientes para emitir un concepto jurídico. En Juristas & Consultores Asociados encontrará asesoría legal y representación judicial y extrajudicial, pues contamos con profesionales de alta formación académica, dispuestos a atender su asunto. Asesoramos y litigamos en el Sur-occidente del país, incluyendo la ciudad de Pasto. Si desea puede dejarnos un mensaje a través de este medio, CON SU CORREO ELECTRÓNICO, para enviarle posteriormente los teléfonos de contacto y dirección de nuestra oficina en Pasto (Nariño), pues esta página no nos permite enviarle, a través de este mensaje, nuestra dirección y números telefónicos.

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Debido al tiempo ininterrumpido que lleva viviendo en el inmueble usted puede adquirir la propiedad a través de un proceso judicial, podemos asesorarla en el tema, póngase en contacto con nosotros.

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