Personería jurídica de un sindicato

¿Cuáles son los requisitos para que un sindicato obtenga personería jurídica?

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MANUEL ANTONIO LOPEZ ALVARADO

Abogado de Girardot especializado en Derecho Civil

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Todos los trabajadores y empleados tienen derecho a crear o pertenecer a un sindicato. Toda organización sindical, por el solo hecho de su fundación y de haber realizado la Asamblea General Constitutiva ya goza de personería Jurídica. Debe inscribirse en el MinTrabajo, dentro de los cinco dìas hàbiles siguientes a la fecha de constituciòn. Debe presentar: a) Copia del acta de fundación suscrita por los asistentes con indicación de sus documentos de identidad.
b) Copia del acta de elección de Junta directiva, suscrita por los asistentes con indicación de sus documentos de identidad.
c) Copia del acta de asamblea en que fueron aprobados los estatutos.
d) Un ejemplar de los estatutos del sindicato, autenticados por el secretario de la junta directiva.
e) Nómina de la junta directiva, con indicación de sus documentos de identidad.
f) Nómina completa del personal de afiliados con su correspondiente documento de identidad.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JTP ABOGADOS

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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