Pago de salario por incapacidad.
Buenos días, efectivamente la Empresa tiene razón en señalar que el valor de las incapacidades deben ser pagados por la EPS, pero usted como trabajador debe tener en cuenta lo siguiente:
1. Que ya haya entregado las incapacidades con sus correspondientes epicrisis para que la empresa las pueda radicar ante la EPS;
2. Si usted ya cumplió con esto, la empresa ya debió haber recibido una respuesta de la EPS, solicite información sobre esta respuesta;
3. En el caso que hayan negado las incapacidades, la recomendación es presentar una acción de tutela en contra de la EPS solicitando el pago de las mismas.
Esperando que la información sea de su utilidad y estando atento a sus inquietudes.
Debe pasar un derecho de petición, y si no le responden tutela.
Si no le estan pagando la incapacidad tambien puede ser por que el empleador no esta cotizando correctamente. en este segundo caso, puede demandar laboralmente tambien.
att,
Jhasua Berrio
celular: 318/574/1949
Cordial saludo. Si tiene conocimiento de casos de soldados reclutas, (campesinos, bachilleres, regulares) que hayan sufrido lesiones personales o perdidas de salud en el ejército hace menos de año y medio, ofrezco grandes comisiones. Att, Jhasuá Berrío, celular: 318/574/1949.