Pago de liquidación de prestaciones.
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hace 10 años
Buenos dias,
teniendo en cuenta el periodo de receso, la liquidacion debe ser cancelada el 15 de enero si se paga quincenal o el 31 de enero si el pago es mensual.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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hace 10 años
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