Liquidacion de prestaciones
Respuestas de otros profesionales:
Basic

Contestado
hace 10 años
En efecto,
La persona tiene derecho a la liquidación de sus prestaciones sociales proporcional al tiempo trabajado. Si bien la norma que preceptúa que la renuncia del trabajador debe notificarse con antelación, la sanción por el incumplimiento de dicha obligación fue declara inexequible por la C.C, en miras de garantizar la libertad de trabajo. Si desea una asesoría mas amplia en este caso concreto, comuníquese conmigo, mi correo es johanflzhotmail.com
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic

Contestado
hace 10 años
si tiene derecho a liquidación pero eso no le sale casi nada.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado