Sobre la liquidacion
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No tendría derecho a indemnización, la liquidación se la deben cancelar al momento de terminación del contrato, de no ser así puede acudir al Ministerio del Trabajo y citar a su empleador a conciliación.
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de acuerdo a lo estipulado en el contrato pero realmente en una empresa no hay liquidacion porque se paga el ultimo mes, cesantias va al fondo, pensiones igual y esta al dia en prima vacaional.
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debe ser inmediata.
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