Lesiones físicas en la cara ocasionadas por un menor.

¿Cuál es la sanción por lesiones personales e la cara a una incapacidad de 18 días?

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Las lesiones personales son un delito querellable susceptible de conciliación, en el evento de no lograr un acuerdo y si el daño consistiere en incapacidad para trabajar o en enfermedad que no pase de treinta días, la pena será de prisión de uno a dos años.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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para el menor ninguna, se debe cobrar es al padre del agresor.

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