Hurto calificado y agrabado sin porte de arma
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Después de haber cumplido 3/5 partes de la pena.
OJO: SOY ESPECIALISTA EN RECLAMACIÓN POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD. O sea, si me informa de un caso en el que el preso haya sido liberado por sentencia ABSOLUTORIA, pago como comisión el 5% del resultado del proceso, lo cual puede ser una cifra "BUENA". Att, Jhasua Berrio, celular: 318/574/1949.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Cordial saludo. Si tiene conocimiento de casos de soldados reclutas, (campesinos, bachilleres, regulares) que hayan sufrido perdidas de salud en el ejército hace menos de año y medio, ofrezco grandes comisiones. Att, Jhasuá Berrío, celular: 318/574/1949.
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