Que hacer legalmente

El señor Tiene demanda por alimentos por juzgado, pero el juzgado archivo el caso y el señor no ha cancelado las cuotas correspondientes, mi hija menor cumplió 18 años, ella lo puede demandar? o que debo hacer? ya que el señor es comerciante pero todo los bienes los tiene a nombre de terceros para no aparecer con nada, ademas la afiliación a la eps es por cuenta de una empleada de servicio.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

si su hija puede iniciar la demanda ejecutiva con el Acta de Conciliación, igualmente, si ella se encuentra estudiando la obligación alimentaria se extiende hasta los 25 años. Si es importante antes de iniciar el ejecutivo determinar los bienes y/o propiedades en cabeza del deudor.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado