Exigencias en el recibo de la cuota alimentaria

Buenas noches:Mi compañero tiene demanda de alimentos ya tiene proceso pero resulta que le dieron plazo de este lunes y no pudo conseguir la plata, se consiguio hasta el miercoles de esta semana y esta señora dice que ya no recibe nada y que el proceso sigue y por haber incumplido el lunes ya debe darle un millon setescientos pesos que se debe hacer. si el fúe a la fiscalia y le dijeron que tenia que hablar con ella y ponerse de acuerdo para el pago de este dinero que se debe hacer porque la demanda la tiene por fiscalia estoy preocupada. porque el no tiene sueldo mensual el gana por comision . Favor enviarme respuesta lo más pronto posible . Gracias.

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Deben ser muy cuidadosos, pues si bien el deber de alimentos es algo que se debe cumplir con rigurosidad, tampoco significa que puedan abusar de cualquier manera del padre, es fundamental saber que tipo de proceso jurídico tiene en su contra, es una denuncia penal en fiscalia? o ante un juzgado?. Si le gustaría contar con asesoría jurídica especializada, podemos atenderle en nuestras oficinas en Bogotá. Le invitamos a contactarnos de inmediato. Consúltenos: juridico@colombia.com
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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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Yo siempre e dicho la fiscalía general de la Nación ni pone cuota alimentaria ni nada, eso se hace ante los juzgados de familia, o ante la comisaria de familía mediante el proceso de ofrecimiento de alimentos o por conciliación, lo que pasa es que el concilio los alimentos y no los pago, si uno tiene un hijo como sea tiene que conseguir trabajo porque se presume que gana el salario minimo. si ya le consiguio la plata no hay nada mas que hacer ella o los recibe o se los consigna y si ya pago no hay delito. el abandono es cuando uno paga pero si paga ya no hay abandono. y la justicía no se utiliza para exigir menos o mas dinero lo que fue fue y punto.

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