Embargo de bienes de la sociedad conyugal
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CLAUDIA MARCELA ZAMBRANO ARIZA Abogados Asociados
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil
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Contestado
Dado que su amigo le firmó una letra, con ésta debe iniciar un proceso ejecutivo y podrá embargarle lo que esté a nombre de su deudor únicamente.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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