Deseo saver liquidacion
Cordial saludo,
Gracias por consultarnos.
En principio le diría que existe una presunción legal que todo vínculo entre dos personas que implique la prestación de un servicio y la remuneración o pago por éste es laboral.
Para que esa presunción sea cierta se debe demostrar tres elementos en la relación:
1. Se preste un servicio.
2. Que se pague por ése servicio.
3. Que exista subordinación.
éste tercer elemento es el más importante, así que habría que ver las facturas que usted expide mes a mes, el lugar donde presta el servicio, si cumple órdenes, horarios o cualquier instrucción que le haga la empresa, si ése fuera el caso, usted tendría derecho a solicitar el pago de las prestaciones sociales y demás derechos laborales.
La Ley establece una penalidad para los trabajadores que no reclamen a tiempo sus derechos y la prescripción del derecho pasados 3 años, es decir que usted solamente podría pedir las prestaciones y demás derechos laborales que no hayan cumplido ése tiempo, y no podrá pedir lo correspondiente a los 10 años que dice haber laborado.
Cualquier inquietud adicional, por favor hacerla en el correo
Para saber si tiene derecho a liquidación, es necesario conocer si existió una forma de vinculación laboral que pude ser verbal o escrita. Al parecer usted presta esporádicamente un servicio, por el cual le pagan. Si tiene usted un taller de mantenimiento de motos, existe una relación comercial entre dos personas jurídicas entre las cuales se descarta la relación laboral. Si usted tenía que cumplirle horario a la empresa, le pagaban un salario mensual y tenía un jefe del cual dependían sus funciones entonces existe relación contractual de trabajo, en este caso si tiene derecho a una indemnización. Éxitos.
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El solo hecho de no firmar contrato de trabajo, nos indica que estamos frente a un contrato a termino verbal a termino indefinido y si cumples los tres elementos que son la subordinación, horario, y pago si tienes derecho a la liquidación
Según la forma en que ud trabaja podria. Es decir, puede pedir la declaracion de relación laboral y liquidación, si ud recibe un salario, recibe ordenes y presta el servicio personalmente. Att: Jhasua Berrio, especialista en demandas contra el ejercito por lesiones o muerte de soldados bachilleres, regulares, campesinos. Celular: 318/.574.1949.
El contrato laboral existe per se, lo que se requiere saber es como ha sido el pago mensual y las condiciones dadas para su renovación.