Derecho adquirido con la pensión es doble asignación

Soy pensionado de ECOPETROL y laboro con REFICAR empresa filial de ECP, mi pensión esta suspendida, y adicionalmente ECOPETROL ha suspendido el pago del beneficio educativo de mis hijos derecho y beneficio adquirido con la pensión , solicite a Ecopetrol las razones y me informo que el beneficio educativo se considera como una asignación , que acciones debo ejecutar para solicitar a ECOPETROL el pago de este derecho adquirido beneficio educativo para mis hijos , el cual que no es salario ni remuneración permanente , es un beneficio para educación que no es permanente se obtiene durante el tiempo que los hijos estudian y aprueban los años escolares

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PIEDAD MERCEDES CANCHANO POLO

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Laboral

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Contestado

De acuerdo con lo narrado en la consulta es probable que el beneficio educativo este suspendido como consecuencia de la suspensión de la pensión. Este es un beneficio convencional y no debe ser suspendido, mientras subsistan las condiciones que dan lugar a su reconocimiento. Para una mejor respuesta es necesario conocer el acto mediante el cual se suspende la pensión. En principio cabría una acción de tutela por el derecho a la educación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado