Sobre custodia o patria potestad de un menor

Buenas tardes quisiera saber si yo como madre soltera debo hacer algún documento que me de el derecho de tener a mi hijo conmigo, la verdad el padre de mi hijo responde económicamente por el, él tiene hogar y en algunas ocasiones me ha amenazado con quitarme el niño. No se si la ley es tan justa de entregarle a mi hijo a una persona que dudó de que mi hijo fuera de él y le sacó una prueba de paternidad que obviamente salio positiva, ahora es amenazante con quitarme el niño, yo trabajo y gano poco y el si gana bien. que debo hacer?

Agradezco la colaboración

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Apreciada Usuaria. El progenitor se encuentra legitimado y tiene el derecho de solicitar la custodia y el Cuidado Personal de su hija, pero la autoridad administrativa o judicial que conozca el caso ahondará en todos los aspectos psicológicos, sociales y familiares, priorizando el interés superior del niño y su derecho a ser escuchado, para determinar la persona más idónea y apta para asumir tal responsabilidad. Que usted haga documentos es innecesario, los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes gozan de una protección legal reforzada tanto a nivel nacional como internacional.Los mandatos constitucionales y legales consagran el derecho inalienable de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con sus dos progenitores excepto cuando uno de sus padres le ocasione daño físico o moral. La custodia se refiere al cuidado de los niños, niñas y adolescentes, que por ley les corresponde a los padres. En caso de hijos extramatrimoniales la tiene el padre que conviva con el menor de edad. El tema de definir la paternidad era un derecho que el padre tenia, que usted alegue eso en un proceso es irrelevante, pero lo que si NO es cierto es que por tener más recursos económicos el progenitor, le sea asignada la custodia y el cuidado personal del niño, el factor económico es un factor a tener en cuenta, sin embargo, no es el único y tampoco es el más relevante, por cuanto prima el derecho al interés superior del niño sobre cualquier factor, derecho o interés de sus progenitores y por ello en el momento de decidir se debe priorizar y garantizar la satisfacción integral de éste. Lo mejor, llegue a un acuerdo con el progenitor sobre visitas, comunicaciones, trato personal y respeto entre ustedes. Acuda al ICBF profesionales la orientaran.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días, en cuanto al tema que usted refiere, en principio ambos padres, por ostentar la patria potestad y la autoridad paterna sobre el menor, tienen derechos y deberes en cuanto a su custodia, pero si el niño ya está con usted la única forma en que el padre podría privarla de él sería a través de un proceso contencioso en los estrados judiciales.
Por ello, la mejor recomendación que se le puede dar es que acudan ante un centro de conciliación para que entre los dos, de manera pacífica, establezcan el régimen de visitas y custodia, de manera que quede claro quién cuidará del niño de manera permanente y en qué momento el otro padre podrá visitarlo.
Pero por el momento no se preocupe, pues hasta tanto el padre no inicie un proceso judicial, no podrá privarla permanentemente de la custodia de su hijo, pues para ello requiere una providencia judicial.
Aunque sí debe usted permitirle el contacto con él, pues también ostenta la autoridad paterna y tiene derechos y deberes en cuanto a el niño, más cuando está cumpliendo con lo relativo a la parte económica. En cuanto a esto, vale aclararle que el padre (o madre) que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce la patria potestad con el fin de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, incurre en el delito de ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad, castigado con pena privativa de la libertad.
No obstante, para dar una asesoría completa, se hace necesario saber si usted estuvo casada o vivió en unión marital de hecho con el padre, si realizaron divorcio y liquidación de la sociedad conyugal o liquidación de la patrimonial, si un juez ya ha impuesto un régimen de custodia y visitas respecto a su hijo, etc.

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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La patria potestad la tiene tanto el como ud, en cuanto a la custodia, es importante que aclare si previamente la han regulado por Comisaría o Juez de Familia?

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