Cuanto tiempo debo permanecer en un fondo de pensiones para poderme pensionar?

soy de régimen especial. tengo 51 años. ya cotice 1530 semanas.

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MOSCOTE MARTINEZ LAWYERS BUREAU

MOSCOTE MARTINEZ LAWYERS BUREAU

Abogado de Barranquilla especializado en Derecho Laboral

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Puedo indicarle lo siguiente: El artículo 36 de la Ley 100 de 1993 establece que las personas que a la entrada en vigencia de esa ley contaran con 35 años de edad, si son mujeres, y 40 años si son hombres, o 15 o más años de servicios cotizados tendrán derecho a pensionarse de acuerdo con la edad, el tiempo de servicios o semanas cotizadas y el monto de pensión fijado en el régimen al que se encontraban afiliados a 1° de abril de 1994.

Consúltenos: jeison-moscote@hotmail.com , Celular 3007162490 - Skype: jeisonmoscote. Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Cordial saludo. Si tiene conocimiento de casos de soldados reclutas, (campesinos, bachilleres, regulares) que hayan sufrido lesiones personales o perdidas de salud en el ejército hace menos de año y medio, ofrezco grandes comisiones. Att, Jhasuá Berrío, celular: 318/574/1949.

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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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hay que mirar que sistema escogió, porque no todos son los mismo.

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Abogado Jhasuá Berrío

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Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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a que fondo cotizó?

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