¿Cómo se liquida la renuncia en un contrato de obra o labor?

¿Cómo es la liquidación de un contrato por obra o labor con más de un año de trabajo cuando se renuncia? Las comisiones devengadas extras al salario ¿también se tienen en cuenta para la liquidación? Gracias.

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Buenas tardes. Si renuncia no tiene derecho al pago de indemnización alguna. En la liquidación le deben incluir las comisiones si eran constitutivas de salario y no fueron objeto de un pacto de exclusión salarial. No obstante, si fueron objeto de exclusión salarial, dicho pacto puede estar viciado si las comisiones eran habituales y permanentes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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