Tengo un contrato de obra o labor ¿me corresponde liquidación?

Buen día, trabajo bajo un contrato de obra o labor para una empresa que presta servicios tercerizados a otras empresas, en el cargo de Analista de Calidad, no especifica el tiempo, llevo un año trabajando, me han puesto a realizar actividades como coordinador operativo y ya no me pagan horas extras. Yo no quiero trabajar más, si renuncio ¿qué me liquidan? Si ellos me retiran ¿me pagan indemnización por el año trabajado?

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Buenas tardes. Si renuncia no tiene derecho a indemnización alguna. Si ellos lo despiden (sin justa causa) le deben pagar la indemnización por despido injusto. Si el despido es con justa causa, no había lugar al pago de indemnización. En la liquidación le deben pagar salarios adeudados y prestaciones sociales (cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicios) y vacaciones

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El contrato de obra o labor se asemeja al laboral, la diferencia radica en que este dura hasta que finalice la labor contratada. Podemos asesorarlo(a) en el tema, lo(a) invitamos a enviarnos una solicitud de información.

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