Auxilio de movilización

Si mi horario laboral termina el viernes y el sábado debo trabajar. ¿Me deben reconocer la movilización del día sábado?

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Contestado

Buenos días

Es necesario aclarar que el auxilio de movilidad no es igual al auxilio de transportes, y no es constitutivo de salario, pero, si este se fija dentro del contrato es de obligatorio cumplimiento por parte de la empresa, por tal razón al ser prioridad de las labores que se realizan dentro de la compañía y para su correcta funcionalidad es evidente que aunque sea en un horario extra al pactado, bien sea horas extras o fines de semana, estos deben ser reconocidos por el empleador o de lo contrario las funciones no pueden ser llevadas a cabo afectando la carga laboral por su parte conllevando a un detrimento salarial en el caso de que tenga que ser usted quien corra con este gasto.

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DUQUE ORTIZ ABOGADOS

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