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usted debe iniciar un proceso de custodia ante el juzgado de familia, si quiere con gusto puedo asesorarle, contáctese conmigo, mis datos esta en mi perfil.
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Lo que aplica en materia de alimentos es que el padre le aporte hasta el 50% del salario que devenga a los hijos, ese 50% se debe repartir proporcionalmente en la cantidad de hijos que tenga. En su...
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la cuota alimentaria de los hijos es el equivalente al 50% de los gastos reales de los mismos, también teniendo en cuenta la capacidad económica del padre, en ese caso usted debe conocer cuales son...
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Si puede demandar a la persona que le debe el dinero, pero por el monto de la deuda le aconsejo que acuda a un consultorio jurídico de una universidad para que le ayuden con ese proceso, por que el...
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De qué tipo de paz y salvo esta hablando? si se trata del paz y salvo de impuestos, debe dirigirse a la secretaria de hacienda del municipio al que pertenece el inmueble; si se trata del paz y salv...
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Cuando asistía a la citación lleve lasos recibos que tenga y que puedan demostrar que los gastos de su hijo son iguales o mayores al doble de lo que el señor aporta por cuota alimentaria.
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Usted puede ir a la oficina de asignaciones y allá le dan la información, queda en la calle 18 con carrera 33
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El padre de sus hijos tiene la obligación de aportar el 50% de tos los gastos. Frente a las amenazas usted puede denunciarlo en la fiscalía.
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No, no es posible.
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Si puede solicitar la salida de las 72 horas, para saber cuanto tiempo le falta, hay que revisar la sentencia y si ha venido descontando y desde hace cuanto.