¿Tiene validez la compraventa hecha de un bien de mi padre que falleció?

En vida de mi padre, mi hermano y yo hicimos una compraventa de una terraza semiconstruida en el 2do piso de su casa. Fue firmada por mis padres, mi hermano y yo.

Ya tenemos la licencia de la Curadora, de reconocimiento y ampliación y sellos de PH. obviamente a nombre de mi madre.

Si mi padre falleció, ¿cómo hacemos escritura? Somos 11 hijos, y como en toda casa, cuando fallece uno de los padres, todos reclaman, y hasta uno o dos de los hermanos, pretende desconocer la inversión que hicimos en vida de papá, y los gastos de Curadora.

¿Qué debemos hacer? Mil gracias.

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ORQUIDEA JURÍDICA

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Abogado de Medellín especializado en Derecho Civil

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Contestado

Buenos dias, a los 11 hijos y a la esposa del difunto, solo les corresponde el treinta y tres por ciento del derecho sobre la propiedad, y los gastos adicionales en los que han incurrido tu hermano y tu, para mejorar el inmueble, pueden ser cobrados a la masa herencial. Espero te sea útil esta información, cualquier inquietud me puedes llamar al celular: tres diecisiete, tres cuarenta, cero cero treinta, feliz dia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado