Sucesión de una sociedad conyugal

¿Habiendo una sociedad conyugal vigente, pero uno de los cónyuges falleció, es posible hacer la sucesión solo de los bienes que estaban a nombre del fallecido, o la sucesión debe hacerse sobre todos los bienes adquiridos en la sociedad conyugal (bienes a nombre del fallecido mas bienes a nombre del cónyuge vivo)?

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Jorge Eliécer Prada Durán

Abogado de Melgar especializado en Derecho Civil

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Contestado

Debe hacer la sucesión denunciando todos los bienes conseguidos dentro de la sociedad conyugal, no importa si están a nombre del fallecido o del cónyuge sobreviviente, con todos los bienes se conforma una sola masa hereditaria que se divide adjudicando el 50% para el cónyuge sobreviviente y el 50% para los hijos.

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