Sucesión bloqueada por proceso con el icbf

Mi primo falleció y dejo un predio en cajica, el murío, en fusagasuga pero a el solo le sobreviven tíos directos , no tenia hijos,esposa,padres,sobrinos ni nada por el estilo y el bien fue denunciado como mostrenco en el ICBF de bogota somos de bucaramanga pero somos primos y tíos directos con el causante y no se nos acepto vocación herencial en derecho de petición dejado en el ICBF ya aceptaron al denunciante y ya me confirmaron que en estos días están colocando el proceso en juzgado a nombre del ICBF , nosotros no hemos hecho aún ninguna acción legal puesto que dicen que no entran los tíos a heredar pero debido a nuestras inmensas necesidades no estamos dispuestos a que el ICBF se quede con el predio de nuestro familiar que podemos hacer por favor orientemos pues el ICBF no quiere oirnos

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MANUEL ANTONIO LOPEZ ALVARADO

Abogado de Girardot especializado en Derecho Civil

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Como ustedes plantean el problema de la sucesiòn, si tienen derecho por ascendencia ùnicamente los tìos, quienes deben a travès abogado reclamar el derecho que les otorga la ley, como herederos de los bienes del sobrino. Los primos heredan en caso de que uno de los tìos del causante, haya fallecido y haya dejado hijos, quinenes tienen derecho a heredar. Es legal que el ICBF, estè reclamando porque de acuerdo al orden sucesoral està en el quinto orden; que le asignarìan la herencia si los familiares no la reclaman legalmente.
Deben iniciar ya el proceso de sucesiòn. Exitos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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SERNA NARANJO Abogados

SERNA NARANJO Abogados

Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Ustedes tienen la calidad de herederos y en todo caso, todo el que se crea heredero, puede iniciar una sucesión para que el bien entre en dicho, proceso, así lo lo mas adecuado sería iniciar la sucesión antes que el ICBF reclame el bien formalmente, esto para que puedan oponerse ya en calidad de herederos.

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