Se requiere levantar patrimonio familiar para tramitar sucesión?

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Antes de realizar el proceso de sucesión debe acudir ante un Juez de Familia en su ciudad para que se proceda a cancelar el patrimonio de familia inembargable. De tal manera que luego de haber realizado el tramite se pueda realizar el proceso de su sucesión. No confundir con afectación de vivienda familiar. Extinguir el Patrimonio de Familia Inembargable , se puede cuando: el último o único hijo llega a la mayoría de edad, si se destruye el inmueble, o si un juez así lo decide. Si hay menores, esta extinción sólo la puede declarar el juez. Pero si no los hay lo hace un notario. revise las normas: ley 70/31 861/03 91/36 9/1989 3/91 495/99 546/99 258/96, dec 2817/06 e ins adm 19/2004. Finalmente usted debe liberar primero el lote y después hacer la sucesión.