Reconocimiento hijo no biologico

Mi padre hace aproximadamente 29 años le otorgó el apellido a una niña,no biológica,ya que la madre habría engañado a mi padre.

Hay una carta firmada por la madre, donde especifica que mi padre y la madre de esa niña tuvieron relaciones intimas después de que ella ya había quedado embarazada.

La niña ya tiene 30 años.tiene dos hijas.por ende ella junto con sus dos hijas tienen el apellido de mi padre.

-Quisiera preguntarle que derechos tiene esa mujer junto con sus hijas al tener el apellido de padre,pueden ellas reclamar algo en contra de padre,sea por patrimonio ,herencia o algo parecido.

-Se puede quitar el apellido paterno a ella y a sus dos hijas?

-que consecuencias legales conlleva el hecho de que ellas tengan el apellido de mi padre.

Gracias

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Contestado

Cordial saludo, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico integral, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos: juridico@colombia.com

Al haber sido reconocida como hija y tener los apellidos de su padre, ella tiene todos los derechos legales y por ende patrimoniales como cualquiera de sus hermanos y también sus hijas. Si bien, existe la figura jurídica de la impugnación de la paternidad, sin embargo debido al término de caducidad de la acción, que es de 140 días a partir de que se tenga conocimiento (Art. 216 Cod. Civil.), en este caso no sería viable interponerla.

Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado