¿quién debe Demandarme?
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ya ninguno de los dos, los alimentos se deben hasta la edad de 18 años, lo que pasa de aquí en adelante es que usted hace un acuerdo con su hija para pagarle la universidad, porque si su hija no estudia no le obliga a los alimentos si estudia si le debe pagar la universidad y los gastos que ello ocasiona, usted puede o pagarlos personalmente y darle a ella los gastos diarios, por lo general son el valor de la matricula y 300 mil mensuales para gastos y la mama que le de la alimentación y la salud. con 50 millones anuales le da una excelente carrera, además claro los libros y cosas asi. haga las cuentas , le recomiendo que si le da la plata a su hija le exija los recibos . la mama de la niña ya perdió y usted no tiene que darle un centavo a no ser que este en una mala situación pero ya es cosa suya.
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la mama ya no lo puede demandar, puesto que su hija ya es mayor de edad. A su vez, ya hizo un acuerdo con su hija, le sugiero le consigne el valor a su hija en cuenta bancaria que sea de ella, ya no es necesario que canalice el pago de la cuota a través de la madre.