Puedo demandar a mi padre por abuso de confianza?

Agradezco su colaboración en el siguiente caso. Yo le preste inicialmente a mi padre 8.000.000 y el quedo de abonarme cada mes 400mil pesos lo cual hizo bien, esto fue para ampliar un negocio que el tiene, bueno después de un tiempo quedando bien conmigo me pidió otro préstamo para comprar la franquicia de una renombrado negocio,aún debiendo el capital de 8millones que le presté ya que sólo durante casi dos años solo pagó intereses, entonces le volví a prestar 7millones más para la compra de la franquicia con la condición y obligación de pagar 1 millón mensual y el acepto,pero como no le resultaron bien las cosas empezó a quedarme mal. En resumidas cuentas al ver que le iba mal le dije que buscara 10millones y yo congelaba la deuda (que iba ya por 20millones)para que el tiempo no fuera seguir corriendo y terminara más afectado. Entonces este señor me pago 10 millones pero todavía me debe 5millones de intereses y 5 millones de capital. Hace más de 8meses no abona ni nada, además le hice firmar una letra en blanco y también lo cité en la casa de justicia y el día de la cita me llamo desde donde vive y tiene el negocio rogó que dejara así las cosas que el iba a buscar la plata para no quedarme mal, pero hasta la fecha de la denuncia en junio del 2014 este señor no hace nada...entonces quiero proceder para recuperar mi plata a como de lugar. Gracias espero me colaboren.

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SERGIO OSORIO Y CÍA LTDA ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal

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Contestado

En mi concepto no existe el delito de ABUSO DE CONFIANZA. se trata de su padre y me parece que la vía PENAL no es la correcta. usted puede demandarlo, y si lo hace, le aconsejo emplear la PROCURACIÓN para el cobro. Un abogado le explicará qué es eso. Y eso lo aconsejo por la familiaridad que existe en este caso. Se trata de un padre demandado por un hijo. No es fácil. La cosa es que su padre tenga bienes para poder eimplementar una medida cautelar. Si no tiene nada, muy difícil ejecutar efectivamente una demanda ejecutiva singular.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor