Puedo demandar intereses moratorios por incumplimiento de ley 1045 de 1978?

A mi me pidieron pasar renuncia protocolaria el 2 de dic. El 10 de dic me aceptan la carta. ( estaba trabjando en el Instittuo nacional para ciegos inci, entidad del estado)

Aparecen el viernes 7 de marzo y me envían la resolución de liquidación. El 12 de marzo les digo q ok y les pregunto q por qué la demora, q cuanto tiempo por ley tienen para pagarme. La respuesta es pasarme la siguiente normatividad, en donde dice q tienen hasta 90 días. Los 90 días se cumplieron el 10 de marzo y a hoy, 21 de marzo, no tengo mi plata. Y ya han pasado más de 90 días.

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GaitánCáceres Abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Laboral

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Contestado

Las entidades oficiales no están exentas de efectuar el pago de la liquidación a sus trabajadores, al finalizar el contrato de trabajo.

Ellos se excusan en temas presupuestales, pero podrían ser condenados a la sanción moratoria que tipifica la Ley.

Seria importante conocer su historia laboral, para darle una opinión sobre su caso en particular.

Cordial saludo,

FGaitan

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