¿Puedo demandar a la constructora?
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Contestado
Usted debe revisar las cláusulas del contrato realizado con la constructora. Si allí se estableció que entidades estaban vinculadas a l proyecto y por lo tanto usted debía acudir, para realizar el crédito, debe dar cumplimiento a ello. En caso contrario, no lo obliga y si es el caso puede anular el contrato por incumplimiento de la constructora y pedir indemnización por los daños y perjuicios que le cauce al negarse a recibir el pago de la entidad que le aprobó el crédito. Además deben reintegrarle el dinero pagado con los respectivos intereses causados. Lea bien y asesórese para que no se vaya a perjudicar. No conozco el contrato realizado.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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