¿Puedo delegar la custodia de mis hijos por acto en notaría si fallezco?

Si uno está en riesgo de morir, ¿puede ir a una notaría y dejar por escrito a quien le quiere dejar la custodia de sus hijos en caso de muerte? ¿Es válido ese acto jurídico en la notaría de dejar la custodia a tal persona en caso de fallecimiento?

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Contestado

No. La custodia es un derecho legitimo de los padres, en ausencia de ellos será en un proceso de custodia ante un juez de familia donde se defina a quien le corresponde el cuidado y sostenimiento de los hijos. Normalmente corresponde a familiares. En la notaria puede hacer una declaración extra juicio manifestando su voluntad, pero eso no es una sentencia, podría medianamente entenderse como una posible prueba.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado