Prestaciones asistenciales por la arl y nueva calificacion

Tengo derecho a recibir las prestaciones asistenciales por la arl y a una nueva calificación

1-el día 30 de enero de 2012 me ocurrió un accidente de trabajo que me causo una lesión TIRÓN en la parte de la espalda diagnostico LUMBAGO NO ESPECIFICADO que me produjo INCAPACIDAD LABORAL y 290 días de incapacidad ,no fue reportado de forma inmediata
2-la ARL califico el accidente como de origen común, no se apelo
3-la ARL responde que no hay relacion entre la patología y las labores realizadas y que es la EPS quien debe de seguir prestando la atencion
4-el cargo AUXILIAR ADMINISTRATIVO 2 desempeñando labores de AUXILIAR DE TOPOGRAFÍA por mas de 20 años
5-mi salud no presenta mejoría,ha empeorado
6-se realizo la resonancia y el resultado DISCOPATIA DEGENERATIVA EN L3-L4 Y HERNIA DISCAL EN L4-L5
la ARL COLMENA ha negado las prestaciones asistenciales y la valoracion
LA ARL responde a las solicitudes que esta quedo en firme por no haber presentado los estoy de acuerdo con la calificacion del origen
gracias y que debo de hacer

Respuestas de otros profesionales:
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MEDINA FERNANDEZ SOLUCIONES EMPRESARIALES
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Cordial saludo

Lamento decirle que si usted no apelo el dictamen de la ARL, no tiene nada que hacer, dicho dictamen ya quedo en firme, ni siquiera un acción de tutela le devolverá los términos que usted dejo vencer.

El proceso normal en estos casos es ir a la ARL que esta califique si no estoy de acuerdo presento la apelación dentro de los términos y esta es remitida a la Junta Regional, si no estoy de acuerdo con la Junta regional apelo dentro de los términos, y voy a la Junta Nacional, siendo esta la ultima instancia.

La otra opción que queda cuando agoto todas las anteriores, es ir a un juez laboral e iniciar un proceso ordinario.

Lamento decir que también veo que hubo error y no reportaron su accidente dentro de las 48 horas que determina la ley.

La única opción que le queda es ir a calificarse por la AFP a ver si la calificación que obtiene le alcanza para la pensión de invalidez, que le informo es el 50% de la perdida de la capacidad laboral.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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Cordial saludo: Me especializo en demandas contra el Ejército por muerte de soldados bachilleres, campesinos y regulares. Me pueden contactar al celular 318/574/1949 o al email: jhasuaberrio@gmail.com. Gracias.

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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

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me podria escanear los resultados de la junta medica para asesorarle mejor? jhasuaberrio@gmail.com

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