El poder notarial por enfermedad ¿se otorga de manera indefinida?

Es el caso es de una persona cercana, cuyo padre sufre de alzheimer y esto le ha producido inconvenientes, dada la capacidad que posee en la toma de decisiones al momento de adquirir o vender. Se trata de que dicho poder, al momento de tramitar alguna de estas acciones, quede en manos de esta persona y no en su padre. Sin embargo, al parecer, este proceso deberá reiterarse de manera periódica ante un juez.
Siendo esta una enfermedad degenerativa ¿dicho poder no debería permanecer de forma indefinida? ¿Qué se puede hacer en dicho caso?
Gracias.

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JENNIFER MENA PRENS

JENNIFER MENA PRENS

Abogado de Medellín especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenas noches hay que iniciar ante los juzgsdos de familia un proceso que se llama interdiccion, con la finalidad de que la administracion de los bienes quede a cargo de otra persona que sea plenamente capaz. Si desea mayor informacion con gusto. Mi correo es jefi0806 arroba hotmail.com
Feliz noche.

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