Pension de jubilación

Trabajo con la S.E.D. Bogotá llevo 18 años de servicio, pronto me pensionaran por invalidez, enfermedad profesional, asiro que me den el 96% porque soy del decreto 2277/79. PREGUNTO: ¿Puedo aspirar a pensión de jubilación cuando cunpla 55 años y completar los 20 años con el sector privado? Gracias por responderme

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MANUEL ANTONIO LOPEZ ALVARADO

Abogado de Girardot especializado en Derecho Civil

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Contestado

A los docentes los rige el Régimen Especial a todos aquellos que están con escalafón correspondiente al decreto 2277/79. Si lo pensionan por invalidez, tienen derecho a de vengarla hasta que la invalidez desaparezca o hasta que cumpla la edad reglamentaria para la pensión que en su caso tiene la expectativa de obtener pensiòn de jubilación a los cincuenta y cinco años de edad. No necesita completar el tiempo porque su caso es especial y por razones de fuerza mayor ya tiene el derecho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado