Pago de liquidación y prestación por renuncia
Abogados
Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días. A la terminación del contrato de trabajo, el empleador le debe pagar todos los salarios y prestaciones sociales (cesantías junto con sus respectivos intereses, entre otras). En caso de que la empresa no le pague sus salarios, se genera una sanción (moratoria) de un día de salario por cada día de retardo hasta que se efectúe el pago de lo que le adeuden. Para empezar puede citar a su ex empleador ante el Ministerio de Trabajo. Si no concilian debe iniciar una demanda ordinaria laboral.
Atentamente
AFZS
El pago de la liquidación debe ser inmediato. Si no, puede iniciar la demanda laboral. Att: Jhasua Berrio, especialista en demandas contra el ejercito por lesiones o muerte de soldados bachilleres, regulares, campesinos. Celular: 318/.574.1949.
habria que mirar que tipo de contrato tenia, el hecho de saber o no saber es un asunto subjetivo, pero usted debio informar por escrito la terminacion del contrato, las cesantias se depositan en un fondo.
Concuerdo con mis colegas