Monto de cuota alimentaria

Deseo saber el monto de la cuota alimentaria estipulada o cuanto se puede conciliar.

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JTP ABOGADOS

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Contestado

Si usted gana el mínimo la ley establece que la Cuota Alimentaria puede ser hasta el 50% de su salario mensual, proporcionalmente según el número de hijos que el padre o madre obligado a dar alimentos tenga. Los alimentos no solo hacen alusión a la comida, comprenden la vivienda, arriendo, servicios, educación, salud, vestuario, recreación, alimentación, transporte y todo lo necesario para el desarrollo integral del niño(a).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado