Mi esposo tuvo un accidente laboral en el dedo del corazon de la mano derecha la pregunta es yo como esposa tengo derecho a algun tiempo por ese tipo de calamidad???

mi esposo tuvo un accidente laboral en el dedo del corazon de la mano derecha la pregunta es yo como esposa tengo derecho a algun tiempo por ese tipo de calamidad???

Respuestas de otros profesionales:
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

Cordial saludo,

"En el caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, median también claras razones de solidaridad que implican que el empleador esté obligado a responder de forma humanitaria “ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

En efecto, el Código Sustantivo del Trabajo no define qué es la calamidad doméstica, pero para efectos de las licencias a que alude la norma acusada, ha de ser entendida como todo suceso familiar cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajado, en la cual pueden verse amenazados derechos fundamentales de importancia significativa en la vida personal o familiar del mismo, como por ejemplo una grave afectación de la salud o la integridad física de un familiar cercano –hijo, hija, padre, madre, hermano, cónyuge o compañero-, el secuestro o la desaparición del mismo, una afectación seria de la vivienda del trabajador o de su familia por caso fortuito o fuerza mayor, como incendio, inundación o terremoto, para citar algunos ejemplos.

Todas estas situaciones, u otras similares, pueden comprometer la vigencia de derechos fundamentales de los afectados, o irrogarles un grave dolor moral, y los obligan a atender prioritariamente la situación o la emergencia personal o familiar, por lo cual no están en condiciones de continuar la relación laboral prestando su servicio personal, existiendo un imperativo de rango constitucional para suspender el contrato de trabajo"

De acuerdo a lo anterior, es viable que solicite ante su empleador una licencia por calamidad doméstica por lo acontecido a su conyuge. En cuanto al tiempo de duración de la misma debe acordarse con el empleador de acuerdo a la gravedad de la situación presentada.

Que tenga buena noche.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

MANUEL ANTONIO LOPEZ ALVARADO

Abogado de Girardot especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Este hecho se puede tomar como una calamidad doméstica; pero la ley no establece el número de días a los cuales tiene derecho. En este caso usted debe manifestara por escrito al empleador y a libre disposición del mimo puede asignar los días. Èxitos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

GaitánCáceres Abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
Contestado

Su esposo estaba afiliado al régimen de seguridad social? EPS y ARL?

Esta información es muy importante, así como conocer sus actividades laborales, para poder dar una respuesta a su pregunta.

Cordial saludo,

FGaitan

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado