Mensualidad de dos niños

tengo dos niños una de 2 años y el nino de un mes nunca me respondio por la gestacion fue maltrato psicologicamente y algo mas y quisiera saber cuantos es la couta de alimentos ya q el padre gana 940.000 mensual y quiero saber si el subsidio entra como sumar la cuota o restar la couta si pago arriendo y el padre tiene casa propia y la tiene arrendada pasa algo con eso me saco de la casa para el poder alquilar y no me quedara con la casa me pueden ayudar con eso por favor

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado

Apreciada usuaria. Reciba cordial saludo. Conforme a la postulación de su caso y analizadas las diferentes situaciones que usted menciona, le manifestamos lo siguiente: En primer lugar es importante que usted y sus hijos reciban apoyo de psicología en su EPS, pida consulta en medicina general para que sea remitida a seguimiento y terapia psicológica familiar, especialmente por que usted debe fortalecerse emocionalmente primero para poder lidiar con asuntos de carácter judicial futuro y seguidamente se deben crear las pruebas que defenderán su caso, tenga presente que la violencia psicológica se traduce en violencia intrafamiliar y violencia contra la mujer, conductas sancionada por la ley 294 de 1996 y la 599 de 2000 art 229. Los valores de cuotas alimentarias se tasan conforme a los ingresos del demandado ante los Jueces de Familia o en su defecto ante la Fiscalia previo inicio de accion penal por el delito de inasistencia alimentaria. Ahora si usted tiene sociedad conyugal vigente y el inmueble de donde usted fue retirada, fue adquirido durante su union legal, en efecto le corresponde el 50% de la renta y de la propiedad de la casa. Ud debe cuanto antes dar poder de representación a nuestra firma de abogados para inicio de acciones legales previo acuerdo de honorarios, a objeto que los términos de prescripción para inicio de acciones penales quesean menester no se venzan. Aunado a lo anterior debe usted también organizar jurídicamente, su divorcio, separación de bienes, custodia y régimen de visitas de los menores y por supuesto la cuota de alimentos legales. No dude en consultarnos vía correo electrónico o a nuestro facebook. Sinceramente: Grupo Devoument Abogados S.A.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

la ley establece que la Cuota Alimentaria puede ser hasta el 50% de su salario mensual, proporcionalmente según el número de hijos que el padre o madre obligado a dar alimentos tenga.

Los alimentos no solo hacen alusión a la comida, comprenden la vivienda, arriendo, servicios, educación, salud, vestuario, recreación, alimentación, transporte y todo lo necesario para el desarrollo integral del niño(a).

Puede ser acordada de mutuo acuerdo en un centro de conciliación o comisaria de familia, pero si no hay acuerdo debe fijarse judicialmente por medio de apoderado, podemos representarla en ambas posibilidades, póngase en contacto con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado