Indemnización por despido sin justa causa.
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A las sanciones del art 64 y 65 del CST. Att: Jhasua Berrio, especialista en demandas contra el ejercito por lesiones o muerte de soldados bachilleres, regulares, campesinos. Celular: 318/.574.1949.
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Concuerdo con mi colega, adicionalmente si no le han pagado la liquidación, se cobra una indemnización equivalente a un dia salario por cada dia de retraso.,
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es mejor que vaya a un consultorio juridico de una universidad ay allí le hacen la liquidacion.
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Depende del tiempo laborado,del salario devengado y que ley lo cobije
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