Inasistencia alimentaria
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Cuando mediante denuncia penal ante la fiscalia general de la Nación, se le ha probado la inasistencia alimentaria, mediante proceso penal ante un juzgado, se debe condenar a la pena privativa de la libertad, es decir la persona debe estar encarcelado.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Si tiene cárcel.
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