Embargo de la posesión
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Contestado
No indica cuanto tiempo hace que le entregaron la letra de cambio. Si la letra de cambio no tiene mas de tres años, puede cobrarse. Debe iniciar un proceso ejecutivo para el cobro del título valor. Debe solicitar el embargo de la propiedad que tenga el que le debe la plata o sea quien le firmó la letra de cambio. Éxitos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado