Demanda por inasistencia de alimentos

Quisiera saber si el padre debe responder con la mitad de los gastos de el niño el cual tiene una dificultad para hablar y no me responde como se debe.

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Organización Jurídica Manzinni

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal

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Contestado

Buenas tardes. En atención a su pregunta le manifestamos que el monto de una cuota alimentaria no tiene un valor fijo, y toda vez que esta se acuerda de conformidad con los ingresos de ambos padres.

Para la situación que en la actualidad usted presenta debe en primer lugar fijar la cuota alimentaria, que si no lo ha hecho puede dirigirse al ICBF, Comisaría de Familia y o Centro de Conciliación. Allí solicitará una audiencia de Conciliación en donde será citado el padre de su hijo. Si ya está cuestión ha sido resuelta y el padre aún no cumple puede optar por poner en conocimiento esta situación ante un juez de familia (demanda ejecutiva por alimentos) o acudir a la Fiscaliza General de la Nación y allí denunciar por el delito de inasistencia alimentaria.

Con consideración y respeto

ORGANIZACIÓN JURÍDICA MANZINNI

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado